viernes, 12 de junio de 2009

articulo 23

1.Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre eleccion de su trabajo, a condiciones equivalentes y satisfactorias de su trabajo y a la protección contra el desempleo.
2.Toda persona tiene derecho, sin driscriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
3.Toda persona tiene derecho a remuneración equivalitiva y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completasa, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de proteción social.
4.Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa desus intereses.
Noticia: Un catedrático de Derecho del Trabajo critica la normativa laboral para medir las minusvalías.

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