miércoles, 3 de junio de 2009

artículo 10

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída publicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la detención de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en material penal.
Noticia: un tribinal superior anula por primera vez una repatriación y carga las costas al Estado.

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