viernes, 12 de junio de 2009

artículo 22

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerza nacional y la cooperacion internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfación de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables asu dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Noticia: la Seguridad Social reconoce el derecho del padre a la prestación de maternidad en caso de fallecimiento de la madre.

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